Convenio de la tripulación de los remolcadores de Boat Service en el puerto de Castellón, negociado y firmado por CGT. Vigencia de seis años (2025-2030), con subidas de IPC más 0,25% cada año, jornada de 1.826 horas en ciclos de 28 días embarcado y 28 días libres, 30 días de vacaciones, complemento de baja al 100% desde el día quince y seguros de accidente de hasta 36.060 euros.
Convenio de empresa con seis años de vigencia: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2030. Se aplica a la tripulación de los buques que Boat Service, S.A. tiene en el puerto de Castellón. Está negociado y firmado por CGT.
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Convenio colectivo de Boat Service, S.A. · Castellón 2025-2030 (BOP 08/07/2025)
Lo esencial
| Vigencia | Del 1/1/2025 al 31/12/2030, con prórroga tácita si no se denuncia con 3 meses |
| Subidas 2026-2030 | IPC del año anterior + 0,25 %, cada año |
| Jornada | 1.826 horas anuales de trabajo efectivo |
| Ciclo de trabajo | 28 días embarcado · 28 días libres |
| Vacaciones | 30 días naturales |
| Baja médica | 100 % de la base de cotización desde el día 15 |
| Seguros | Hasta 36.060,73 € por incapacidad permanente, más un seguro de vida de 15.000 € |
| Premio de natalidad | 277,29 € por cada hijo o hija |
Tabla salarial 2025
Importes en euros. El salario base se cobra en 12 mensualidades más 2 pagas extraordinarias; la manutención, el plus de actividad especial, la ayuda a la bolsa de comida y la compensación por renuncia a salvamento se cobran en 12 mensualidades.
| Categoría | Salario base | Plus actividad especial | Manutención | Renuncia a salvamento | Pagas extras | Ayuda bolsa comida |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Patrón de altura | 1.439,32 | 2.124,26 | 373,28 | 145,65 | 1.622,13 | 68,24 |
| Patrón de cabotaje / litoral | 1.412,57 | 2.064,27 | 373,28 | 145,65 | 1.595,39 | 68,24 |
| Mecánico naval mayor | 1.439,32 | 2.101,30 | 373,28 | 145,65 | 1.622,13 | 68,24 |
| Marinero de puente y máquinas | 1.231,90 | 1.647,77 | 373,28 | 145,65 | 1.414,71 | 68,24 |
Estos importes son los de 2025. Para cada uno de los años siguientes, hasta 2030, todos los conceptos salariales suben el IPC del año anterior más un 0,25 %. Es decir, la tabla que ves aquí hay que actualizarla año a año con esa fórmula.
El plus de actividad especial es el concepto que más pesa en la nómina, por encima del salario base. Compensa las horas de presencia a bordo —espera, expectativa, guardias, desplazamientos, averías—, los reenganches, los alargamientos de jornada y los trabajos de mantenimiento, sucios, penosos y peligrosos. Es importante entenderlo: esas horas de presencia no computan como trabajo efectivo, pero están pagadas a través de este plus.
Pagos adicionales
- Salidas a la mar: la actividad normal es el tráfico interior del puerto. Cuando excepcionalmente hay que salir a la mar, quien salga cobra el 16 % del salario base por cada día (24 horas) de trabajo.
- Maniobra de tercer remolcador: si el remolcador denominado 4.º —el segundo de Boat— tiene que hacer una maniobra como tercer remolcador entre el lunes a las 8:00 y el viernes al mediodía, se abona el 16 % del salario base por cada maniobra.
- Renuncia a premios de salvamento: se cobran 145,65 € al mes, doce veces al año. A cambio, la tripulación se da por compensada cuando realiza un auxilio o salvamento marítimo y renuncia a reclamar cantidades por ese concepto.
Jornada: el ciclo de 28 y 28
La jornada anual es de 1.826 horas de trabajo efectivo, organizada en ciclos rotativos de 28 días seguidos embarcado y 28 días libres. Dentro de esos 28 días de desembarque van ya incluidos los descansos semanales y los festivos.
- Dentro de cada guardia de 24 horas hay 8 horas de trabajo efectivo, 4 horas de presencia y el resto de descanso, todo a bordo del remolcador.
- Las partes dejan por escrito que no se superarán las 8 horas de trabajo efectivo de media dentro de las 24 horas a bordo, en cómputo anual.
- Las navidades rotan. Durante el mes de enero de cada año la tripulación acuerda los cambios de rotación necesarios —respetando siempre el 28/28— para que el periodo de Navidad se disfrute de descanso rotatoriamente entre las tripulaciones. Si no hay acuerdo, se mantiene la rotación normal.
- Vacaciones: 30 días naturales al año, según el cuadrante organizativo que se elabora anualmente.
Licencias retribuidas
| Motivo | Tiempo |
|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 días naturales |
| Muerte del cónyuge | 6 días |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o conviviente que requiera cuidado efectivo | 5 días |
| Muerte de padres, hijos —incluso políticos— o hermanos | 4 días |
| Bautizo, comunión o boda de hijos e hijas | 1 día |
Dos cosas a tener en cuenta. Si hay que desplazarse, a estos días se suman los que prevé el Estatuto de los Trabajadores. Y en casos de necesidad extrema justificada relacionados con el nacimiento de hijos o la enfermedad grave de parientes de primer grado, se pueden ampliar los días a criterio del Jefe de Base, sin que la licencia pase en total de siete días.
Baja, seguros y ayudas
- Accidente o enfermedad: la empresa complementa hasta el 100 % de la base de cotización a partir del día 15 de la baja.
- Seguro de accidentes (mientras no se cumplan los 65 años, tanto embarcado como desembarcado): 30.050,61 € por muerte y 36.060,73 € por incapacidad permanente de cualquier grado.
- Seguro de vida de 15.000 € para toda la plantilla afectada por el convenio.
- Premio de natalidad: 277,29 € por cada hijo o hija, para quien lleve más de un año en la empresa. Se pide presentando el documento acreditativo.
- Ropa de trabajo: la empresa entrega las prendas necesarias y su uso es obligatorio.
Liquidación por cese
Si causas baja voluntaria siendo personal fijo y con al menos 10 años de antigüedad, la empresa abona estas cantidades según tu edad:
| Edad al solicitar la baja | Importe |
|---|---|
| De 55 a 58 años | 19.290,48 € |
| De 58 años y un día a 60 años | 15.432,38 € |
| De 60 años y un día a 62 años | 11.574,30 € |
Esta liquidación es incompatible con cobrar las indemnizaciones de los seguros de accidente o vida. Y en cualquier baja voluntaria se abonan siempre las pagas extraordinarias y las vacaciones en proporción al tiempo trabajado.
Si hay un problema con el convenio
Cualquier tripulante puede denunciar por escrito a la empresa cualquier anomalía en el cumplimiento o la interpretación del convenio, a través del patrón o de la representación legal. La empresa se compromete a contestar por escrito en tres días hábiles desde que reciba la denuncia en sus oficinas.
Las dudas de interpretación las resuelve la comisión paritaria, con un miembro de cada parte, que debe reunirse en un plazo máximo de quince días desde la convocatoria. Si no hay acuerdo, se acude al Tribunal de Arbitraje Laboral por el VI Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de la Comunitat Valenciana, con arbitraje voluntario.
Además, el convenio obliga a una reunión anual en el primer trimestre de cada año para tratar la evolución del puerto y los tráficos, y tomar de común acuerdo las medidas que hagan falta.
Igualdad y diversidad
El convenio incorpora un anexo II con el conjunto planificado de medidas para la igualdad real y la no discriminación de las personas LGTBI, con declaración de tolerancia cero ante cualquier discriminación por orientación o identidad sexual, expresión de género, estado serológico o condición de salud, entre otras. Se aplica también el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo de la corporación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra en los remolcadores del puerto de Castellón?
Según la tabla de 2025, el salario base mensual es de 1.231,90 € para marinero de puente y máquinas, 1.412,57 € para patrón de cabotaje y 1.439,32 € para patrón de altura y mecánico naval mayor. A eso se suman el plus de actividad especial —que en el caso del marinero son 1.647,77 € al mes—, la manutención, la ayuda a la bolsa de comida, la compensación por renuncia a salvamento y dos pagas extraordinarias.
¿Cómo funciona el ciclo de trabajo en Boat Service?
En ciclos rotativos de 28 días seguidos embarcado y 28 días libres. Dentro de esos 28 días de desembarque van incluidos los descansos semanales y los festivos. La jornada anual es de 1.826 horas de trabajo efectivo, y dentro de cada guardia de 24 horas hay 8 horas de trabajo efectivo, 4 de presencia y el resto de descanso.
¿Cuánto sube el convenio cada año?
Para los años 2026 a 2030, todos los conceptos salariales suben el IPC del año anterior publicado por la administración estatal más un 0,25 %. La tabla salarial publicada es la de 2025 y hay que actualizarla cada año con esa fórmula.
¿Qué se cobra por salir a la mar?
La actividad habitual es el tráfico interior del puerto. Cuando excepcionalmente hay que salir a la mar, quien salga cobra el 16 % del salario base por cada día de 24 horas. El mismo 16 % se abona por cada maniobra que el remolcador 4.º tenga que hacer como tercer remolcador entre el lunes a las 8:00 y el viernes al mediodía.
¿Me complementan la baja médica?
Sí. La empresa complementa las prestaciones hasta alcanzar el 100 % de la base de cotización a partir del día quince de la baja, tanto en accidente como en enfermedad.
¿Qué pasa si dejo la empresa voluntariamente después de muchos años?
Si eres personal fijo con al menos diez años de antigüedad, la empresa abona una liquidación por cese según tu edad: 19.290,48 € entre los 55 y los 58 años, 15.432,38 € entre los 58 y los 60, y 11.574,30 € entre los 60 y los 62. Es incompatible con cobrar las indemnizaciones de los seguros de accidente o vida.
Fuente oficial
Texto completo: convenio colectivo del centro de trabajo de la empresa Boat Service, S.A. (embarcados en el puerto de Castellón), BOP de Castellón núm. 81, de 8 de julio de 2025.
Esta página es un resumen orientativo elaborado por CGT Castelló. Para cualquier duda sobre tu caso concreto, habla con nosotras.
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