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Convenio de bomberos forestales de la Comunitat Valenciana: tablas 2026, jornada y permisos

El servicio ya no lo presta TRAGSA. Desde el 1 de abril de 2019, los bomberos y bomberas forestales de la Generalitat están en la empresa pública SGISE (Sociedad Valenciana de Gestión Integral de los Servicios de Emergencias), que subrogó al personal. El texto de este convenio sigue siendo el de referencia, y las tablas de 2026 lo confirman al citarlo expresamente.

El convenio se aplica al personal adscrito al Servicio de Bomberos Forestales de la Generalitat Valenciana: extinción de incendios forestales y actuaciones ante catástrofes o emergencias de cualquier tipo, especialmente en el medio rural. Es de aplicación exclusiva en el territorio valenciano.

Lo esencial

Jornada1.630 horas anuales, de lunes a domingo, con 48 horas continuadas de descanso semanal
Jornada diaria10 horas, contadas desde el lugar de reunión de la unidad
Descansos30 minutos de bocadillo y 60 minutos de comida, los dos como tiempo de trabajo efectivo
Vacaciones39 días naturales
PagasTres: marzo, junio y diciembre
Subida de 20262,5%, la misma que la de los empleados públicos de la Generalitat
Matrimonio18 días naturales, y se pueden adelantar hasta una semana antes
Baja por accidente laboral100% desde el día siguiente a la baja, pluses de comida y transporte incluidos
Seguro de accidentes46.686,10 € por muerte y 93.372,16 € por incapacidad total, absoluta o gran invalidez, 24 horas al día
AntigüedadTrienios del 1% del salario base, computados desde 1994
Permanencia en emergenciaTope de 12 horas continuadas, desplazamientos incluidos

Tablas salariales 2026

Las tablas de 2026 aplican un incremento del 2,5%, el mismo que el Decreto Ley 15/2025 del Consell fijó para los empleados públicos de la Generalitat. Es el mecanismo que establece el artículo 21 del convenio.

Bomberos y bomberas forestales (unidades terrestres)

PuestoSalario base/mesCompl. profesionalHora extraTrienio/mesBruto anual
Coordinador/a de logística u operaciones2.014,70 €509,74 €43,79 €20,15 €39.478,65 €
Jefe/a de unidad1.784,95 €391,35 €37,69 €17,85 €34.611,72 €
Conductor/a de autobomba1.698,47 €335,29 €34,70 €16,98 €32.641,80 €
Correturnos (puesto a extinguir)1.698,47 €335,29 €34,70 €16,98 €32.641,80 €
Subjefe/a de unidad1.657,92 €297,64 €33,11 €16,58 €31.581,75 €
Sustituto/a de vacaciones (puesto a extinguir)1.647,81 €293,74 €32,80 €16,48 €31.383,30 €
Bombero/a forestal1.598,14 €256,82 €31,03 €15,98 €30.195,21 €

Iguales para todos los puestos: complemento de localización 125,57 €/mes, complemento de mayor dedicación 144,81 € (julio, agosto y septiembre), plus de comida 50,00 €, plus de transporte 50,00 €, manutención por desplazamiento 11,09 € y kilometraje 0,2546 €/km, que se abona desde el domicilio habitual. El complemento de destino de correturnos del artículo 40 es de 269,46 €/mes.

El bruto anual incluye tres pagas extraordinarias —marzo, junio y diciembre— por el importe del salario base. La tercera se cobra en la nómina de marzo y la perciben quienes estén contratados entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

Unidades helitransportadas (UHBF)

Las unidades helitransportadas tienen tabla propia, con un salario base menor pero con complementos bastante más altos —incluido el complemento helitransportado— que acaban dando un bruto anual superior.

PuestoSalario base/mesCompl. profesionalCompl. helitransportadoHora de intervenciónBruto anual
Jefe/a de unidad helitransportada1.400,04 €599,49 €539,33 €26,46 €39.802,11 €
Subjefe/a de unidad helitransportada1.297,35 €491,37 €502,81 €24,25 €36.518,22 €
Bombero/a forestal helitransportado/a1.290,85 €364,72 €484,71 €23,34 €34.834,64 €
Especialista polivalente (a extinguir)1.290,85 €364,72 €484,71 €23,34 €34.834,64 €

En helitransportadas los complementos sí van por puesto: la localización va de 238,35 € a 243,70 €, la mayor dedicación de 288,00 € a 294,50 €, el plus de comida de 99,49 € a 101,73 € y el de transporte de 125,59 € a 128,41 €. Aquí hay dos pagas extraordinarias, en junio y diciembre. El complemento de destino de correturnos y sustituto/a de vacaciones es de 165,60 €/mes.

Compara el plus de comida. En una unidad terrestre son 50 € al mes; en una helitransportada, 101,73 €. Y el de transporte, 50 € frente a 128,41 €. Se come lo mismo en los dos sitios.

El resto de tablas

El documento de 2026 incluye además otras tres tablas que, por extensión, no reproducimos aquí pero están completas en el PDF de tablas:

  • Técnico/a de unidades helitransportadas (acuerdo TAL): salario base de 1.651,40 €/mes y bruto anual de 47.844,16 €, con complementos de peligrosidad y toxicidad, helitransportado, localización, disponibilidad y festivos, turno y noche.
  • Personal de gestión y administración, en cuatro grupos y diez niveles: del grupo I nivel 01, con 2.312,22 €/mes y 36.995,53 € anuales, al grupo IV nivel 03, con 1.240,90 €/mes y 19.854,33 € anuales. Tiene cuatro pagas —marzo, junio, septiembre y diciembre— y valores diferenciados de hora extra ordinaria, festiva, nocturna y festiva con nocturnidad, además de un complemento de guardia semanal localizada de 253,50 €.
  • Puestos de RPT creados con la SGISE, sujetos al Estatuto de los Trabajadores: trece puestos, desde jefe/a de área (59.858,06 € anuales) hasta operador/a de comunicaciones (29.849,74 €) y conductor/a (31.579,92 €), con complemento de destino, CCCE y complemento específico.

Si tu puesto está en alguna de esas tres tablas y quieres que te lo desglosemos, pregúntanos.

Jornada y horas extraordinarias

1.630 horas anuales de trabajo efectivo, distribuidas de lunes a domingo, con un descanso semanal de 48 horas continuadas. Dentro de esa jornada va incluido el tiempo dedicado a formación, y las horas trabajadas en festivo cuentan como ordinarias a efectos del cómputo.

  • La jornada diaria es de 10 horas, y empieza y termina a contar desde el lugar de reunión de la unidad, no desde el tajo.
  • 30 minutos de bocadillo y 60 minutos de comida, ambos como tiempo de trabajo efectivo. Eso sí, durante esos descansos hay que garantizar la operatividad inmediata, y pueden hacerse en establecimientos de hostelería.
  • Si por razones meteorológicas o por una catástrofe no puedes incorporarte al trabajo, no te descuentan nada de la retribución de ese día.

Cómo se compensan las horas extra

Es hora extraordinaria toda la que sobrepase la jornada diaria del calendario de tu unidad. Se compensan en descanso salvo que tú optes por el dinero. Y la proporción depende de cuándo las hagas:

TipoCuándoEn tiempo libreEn dinero
Tipo ADentro del periodo de localización1:21:1
Tipo BDentro del descanso semanal1:21:1,5
  • Se pueden acumular durante cuatro meses; si no las disfrutas en ese plazo, se abonan en la nómina del mes siguiente.
  • Si no reúnes horas para una jornada completa, el plazo se amplía hasta que las reúnas, como máximo hasta el 31 de diciembre.
  • Cuando te movilizan fuera de tu jornada para una emergencia, además de las horas de la intervención se computan 30 minutos de los 45 empleados en constituir la unidad.
  • Las jornadas de compensación se piden con un mes de antelación y se atienden por orden de presentación, salvaguardando la operatividad.
  • La jornada se registra día a día y se totaliza mensualmente.

Revisa cómo te pagan las horas del descanso semanal. La tabla de 2026 recoge un único «valor módulo hora extraordinaria» —31,03 € para bombero/a forestal—, mientras que el artículo 31 del convenio distingue las horas de tipo A, que se pagan 1:1, de las de tipo B, las hechas en descanso semanal, que se pagan 1:1,5. Si has trabajado en tu descanso semanal y te han abonado el módulo simple, consúltalo con nosotras: puede haber diferencia.

Durante julio, agosto y septiembre las primeras horas se amortizan con el complemento de mayor dedicación. Ese complemento cubre 11 horas al mes de más y, ojo, cobrarlo no obliga a hacer esas horas salvo que el servicio lo requiera. Las horas no se acumulan de un mes a otro: se liquidan al cerrar cada mes.

Límites en las emergencias

El artículo 44 es el que protege la seguridad en el incendio y conviene sabérselo de memoria:

  • La permanencia en una actuación de emergencia no puede superar las 12 horas continuadas, incluido el tiempo de desplazamiento. Es responsabilidad de la empresa disponer los medios para retirarte.
  • Si te localizan fuera de tu jornada y la emergencia se solapa con la siguiente jornada, la suma de las dos no puede pasar de 12 horas.
  • Si te movilizan durante tu jornada ordinaria, el tiempo de trabajo total no puede superar las 20 horas continuadas, sumando lo trabajado antes de la movilización, la permanencia en la emergencia y los desplazamientos.
  • Actuar en distintas emergencias no puede superar las 12 horas en 24 horas.
  • La empresa debe habilitar zonas de descanso y apoyo logístico cuando, ya relevada, no puedas abandonar la zona.
  • Y si acudes al punto de encuentro y no puedes incorporarte porque tu dotación está en una emergencia, cobras igualmente todos tus conceptos salariales.

Complementos: qué retribuye cada uno

Complemento profesional del servicioRetribuye la nocturnidad y turnicidad, la disponibilidad —seguir en el puesto al acabar la jornada si persiste la emergencia— y la responsabilidad y dificultad técnica del puesto
Complemento de localizaciónPor estar localizable fuera de la jornada e incorporarte a tu unidad en un máximo de 45 minutos
Complemento de mayor dedicaciónJulio, agosto y septiembre. Cubre 11 horas al mes
Complemento por antigüedad1% del salario base por trienio, computando desde la antigüedad de las RP a 31/12/2008 y, desde 2009, un trienio cada 36 meses de contratación real
Complemento de destino correturnos269,46 €/mes por la movilidad geográfica del puesto

Sobre la nocturnidad: el turno de noche —de 22:00 a 6:00— no puede exceder de ocho horas diarias de promedio en quince días, y no se puede estar más de dos semanas consecutivas en turno de noche.

El complemento de localización se puede perder, pero solo en proporción. Si no te localizan en una emergencia, el complemento se reduce en la proporción entre las faltas de incorporación y el total de emergencias que hayan requerido tu presencia ese mes. Mientras no se establezcan turnos de guardia localizada por unidad, la reducción es del 25% por cada falta de localización mensual. Y la empresa está obligada a garantizar la efectividad del sistema de localización que imponga: si el aviso no llega por un fallo suyo, no es culpa tuya.

Fijo discontinuo y paso a indefinido

El convenio distingue dos tipos de unidad: las Brigadas de Emergencia, operativas los 12 meses del año, y las Brigadas de Refuerzo, con periodo operativo inferior.

Llamamiento: es obligatorio para el personal fijo discontinuo de las Brigadas de Refuerzo y se hace por correo certificado con acuse de recibo o por escrito en mano con acuse de recibo. En el escrito deben decirte el destino y el puesto que te corresponde. Si no te presentas a las pruebas del Servicio de Prevención Ajeno, la empresa debe pedirte por escrito los motivos y llevar el asunto a la Comisión de Seguimiento.

Vacantes, traslados y reducciones del servicio

Todo el sistema gira alrededor de las Relaciones de Personal (RP), que elabora la Comisión de Seguimiento al final de cada campaña. Hay una RP única para toda la Comunitat Valenciana, ordenada por puesto de trabajo y por experiencia, contada en meses trabajados desde el 1 de enero de 1994.

  • Si cambia la ubicación de tu unidad, los puestos se asignan a quienes los venían desempeñando.
  • Si se reduce el servicio, quedan sin asignación y en excedencia especial quienes tengan menor antigüedad en la RP de cada puesto. Después, quienes estaban en las unidades desaparecidas eligen destino por orden de mayor antigüedad: la primera persona puede optar a todos los destinos sobrantes, la segunda a todos menos el elegido, y así sucesivamente. El proceso no puede durar más de quince días.
  • A quien se quede sin puesto en Brigadas de Emergencia se le ofrece asignación provisional a Brigadas de Refuerzo, manteniendo la excedencia especial en Emergencia.
  • Quien tenga contrato fijo discontinuo y quede sin puesto continúa en su RP con la antigüedad consolidada y pasa a excedencia especial.
  • Cuidado: renunciar voluntariamente a los puestos que se te ofrecen en ese proceso supone la baja en la RP. Antes de renunciar, consúltalo.

Vacaciones

  • 39 días naturales, o la parte proporcional al tiempo trabajado.
  • La empresa pide la propuesta de calendario con tres meses de antelación, indicando antes los periodos de jornada nocturna previstos para cada unidad, y tú conoces tus fechas con dos meses de antelación.
  • Salvo que tú aceptes voluntariamente, el inicio de tus vacaciones no puede coincidir con un turno nocturno de tu brigada.
  • Puedes cambiar tu turno de vacaciones con otra persona del mismo turno y unidad, avisando con 30 días y siempre que los periodos sean de la misma duración.
  • Si estás de baja antes de empezarlas, puedes disfrutar en otro periodo el tiempo que hayas pasado en IT dentro de las vacaciones.
  • Si coinciden con baja por embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso por nacimiento, se disfrutan después aunque acabe el año. Con otras bajas, tienes 18 meses desde el final del año.
  • Dos personas de una Brigada de Emergencia pueden disfrutar vacaciones entre junio y octubre, garantizando la contratación continuada de las sustitutas.

Permisos y licencias

MotivoTiempo
Matrimonio18 días naturales, y se pueden adelantar hasta una semana antes
Nacimiento o adopción2 días de trabajo efectivo consecutivos (3 si hay desplazamiento, equivalentes al menos a 5 naturales)
Fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario, hasta 2º grado2 días de trabajo efectivo consecutivos (3 con desplazamiento). En fallecimiento, la licencia alcanza hasta el tercer grado
Traslado de domicilio2 días, sea dentro de la misma localidad o entre localidades
Matrimonio de hijos o padres1 día (2 si el desplazamiento supera los 150 km)
Exámenes finales y pruebas de aptitud de centros oficialesLos días de celebración, hasta 15 días al año
Consultas médicas propias o acompañando a familiares, incluida la tramitación de recetas20 horas al año
Exámenes prenatales y preparación al partoEl tiempo indispensable
Descanso adicional tras la baja por maternidad4 semanas más, como alternativa excluyente al permiso de lactancia. Lo puede disfrutar el padre o la madre
Exámenes para obtener los permisos de conducir exigidos por el puestoEl tiempo indispensable
Convocatorias de acceso al listado de personal (fase 3 B)El tiempo imprescindible; y si es el día siguiente a un turno nocturno, licencia toda esa jornada

La reducción de jornada por guarda legal alcanza a menores de doce años y a familiares hasta segundo grado que no puedan valerse, entre un octavo y la mitad de la jornada, y la concreción horaria la eliges tú dentro de tu jornada ordinaria, avisando con quince días para volver. Todos los permisos alcanzan igualmente a la pareja de hecho legalmente reconocida. Los justificantes y sus plazos están en el anexo 5.

Baja por enfermedad o accidente

SituaciónQué cobras
Accidente de trabajo o enfermedad profesional100% de las retribuciones, incluidos los pluses de comida y transporte, desde el día siguiente a la baja
Enfermedad común o accidente no laboral con hospitalización en planta100%, igual que el anterior
Enfermedad común o accidente no laboral sin hospitalización100% los tres primeros días de IT de cada año
75% a partir del cuarto día, pluses incluidos
100% a partir del día 180

En todas estas situaciones las pagas extraordinarias se cobran íntegras.

Seguros, asistencia jurídica e indemnizaciones

  • Seguro de accidentes: 46.686,10 € por muerte y 93.372,16 € por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Cubre las 24 horas del día y alcanza tanto a accidentes laborales como no laborales.
  • Asistencia jurídica: la empresa garantiza defensa, representación procesal, costas y el adelanto de fianzas cuando te veas en un procedimiento judicial por reclamación de terceros a raíz de tu trabajo y de las órdenes de tus mandos. También la defensa jurídica por daños personales en accidente de tráfico conduciendo vehículos del servicio. No cubre los conflictos entre tú y la empresa o la administración.
  • Indemnización por muerte por causa distinta a accidente: 4.008,64 € al cónyuge o pareja de hecho y 668,11 € por cada ascendiente o hijo a cargo, más el importe de una paga extraordinaria en caso de fallecimiento por cualquier causa.
  • Multas de tráfico: las paga la empresa cuando la responsable es ella, y la persona conductora cuando le sea imputable. En infracciones muy graves con responsabilidad tuya, la empresa adelanta el importe y lo descuenta en nómina de forma razonable.
  • Si te retiran el carné y era requisito de tu puesto, hay que comunicarlo a la empresa y a la Comisión de Seguimiento para que estudien reorganizar la unidad: si es posible, pasas a trabajos de puesto inferior mientras dure; si no, el contrato queda suspendido temporalmente.

Equipo, salud y formación

  • Equipos de protección individual: el anexo 4 los detalla uno a uno. EPI tipo II: mono ignífugo, dos pares de botas, casco, gafas, mascarilla antihumos, cantimplora, botiquín individual, linterna frontal y dos pares de guantes de incendios. Para quien tiene motosierra o desbrozadora asignada: zahón de protección, pantalla facial, guantes y calzado de motoserrista y protector auditivo. Y todo el vestuario del tipo I —camisetas, pantalones, polos, forro polar, parca cada tres años—. Si te falta algo del anexo 4, es exigible.
  • Aptitud física: se acredita con la «prueba del banco», que mide la capacidad aeróbica, con banco de 40 cm para hombres y 33 cm para mujeres. Está detallada en el anexo 2.
  • Formación: va dentro de la jornada. Y si la empresa no desarrolla un plan de formación propio ni se acuerda uno conjunto, puedes asistir a los cursos de los sindicatos —hasta una jornada, o la parte proporcional a tu contratación— computando como tiempo de trabajo efectivo, notificándolo y acreditándolo.
  • Periodo de prueba: 40 días naturales para el personal no titulado y 90 para el titulado o asimilado.

La Comisión de Seguimiento

Es el órgano clave del convenio: doce miembros, la mitad de la empresa y la mitad de la parte social, con representantes adscritos al servicio. Interviene en las modificaciones del servicio, en la elaboración de las Relaciones de Personal, en la cobertura de vacantes, en el plan de formación y en los procesos de llamamiento. Casi todo lo que te afecta pasa por ahí, y CGT está dentro.

Lo que no cabe en esta página

El convenio regula además, con detalle: todas las excedencias —forzosa, voluntaria, por motivos familiares y especiales—, el procedimiento completo de cobertura de vacantes con sus fases y el listado de personal, la vigilancia de la salud y la aptitud para el trabajo, los cambios de turno y las permutas, el calendario laboral, la jubilación anticipada y parcial, el régimen de faltas y sanciones (anexo 1), los grupos profesionales (anexo 6), los méritos (anexo 7) y los baremos de promoción interna (anexo 9).

Está todo en los dos PDF. Y si tienes una duda concreta sobre tu caso, pregúntanos: este convenio lo negociamos nosotras.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cobra un bombero forestal en la Comunitat Valenciana en 2026?

El salario base de bombero o bombera forestal en unidad terrestre es de 1.598,14 € al mes, con un bruto anual de 30.195,21 € que incluye el complemento profesional del servicio, el de localización, el de mayor dedicación de julio a septiembre, los pluses de comida y transporte y tres pagas extraordinarias. En unidades helitransportadas el salario base es de 1.290,85 € pero el bruto anual sube a 34.834,64 € por el complemento helitransportado y unos complementos más altos.

¿Qué convenio se aplica a los bomberos forestales de la Comunitat Valenciana?

El VI Convenio Colectivo del personal adscrito al Servicio de Brigadas de Emergencia, publicado en el DOGV el 29 de enero de 2015 con vigencia pactada de 2012 a 2018 y prorrogado desde entonces. Aunque se firmó con TRAGSA, desde el 1 de abril de 2019 el servicio lo presta la empresa pública SGISE, que subrogó al personal manteniendo el convenio aplicable.

¿Cuánto suben los salarios en 2026?

Un 2,5%, el mismo incremento que el Decreto Ley 15/2025 del Consell fijó para los empleados públicos de la Generalitat Valenciana. El artículo 21 del convenio establece precisamente esa referencia: las tablas se revisan al inicio de cada ejercicio siguiendo la subida de los empleados públicos autonómicos.

¿Cuántas horas y cuántas vacaciones tiene el convenio de brigadas de emergencia?

1.630 horas anuales de trabajo efectivo, distribuidas de lunes a domingo, con descanso semanal de 48 horas continuadas y jornada diaria de 10 horas contadas desde el lugar de reunión de la unidad. Las vacaciones son de 39 días naturales.

¿Cuánto tiempo puedo estar en un incendio?

El convenio fija un tope de 12 horas continuadas de permanencia en una actuación de emergencia, incluidos los desplazamientos, y la empresa es responsable de disponer los medios para la retirada. Si te movilizan durante tu jornada ordinaria, la suma total no puede superar las 20 horas continuadas, y actuar en distintas emergencias no puede pasar de 12 horas en un plazo de 24.

¿Cómo se pagan las horas extraordinarias en las brigadas de emergencia?

Se compensan en descanso salvo que la persona trabajadora opte por el dinero. Las realizadas en periodo de localización se compensan 1:2 en tiempo libre o 1:1 en dinero; las realizadas en el descanso semanal, 1:2 en tiempo libre o 1:1,5 en dinero. Se pueden acumular cuatro meses y, si no se disfrutan, se abonan en la nómina del mes siguiente.

¿Cuándo paso a fijo o fija en las brigadas de emergencia?

Con dos campañas en Brigada de Emergencia —un mínimo de 18 meses— consecutivas e inmediatamente anteriores, el contrato se convierte en indefinido a tiempo completo. También si a 31 de diciembre estás en una Brigada de Emergencia habiendo hecho una campaña completa y alguna campaña de refuerzo anterior. El personal de Brigadas de Refuerzo adquiere la condición de fijo discontinuo.

¿Me pagan el 100% si estoy de baja?

En accidente de trabajo o enfermedad profesional, sí: el 100% de las retribuciones, pluses de comida y transporte incluidos, desde el día siguiente a la baja. Lo mismo si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral con hospitalización en planta. Sin hospitalización se cobra el 100% los tres primeros días de IT de cada año, el 75% desde el cuarto y el 100% de nuevo a partir del día 180.

¿Qué cubre el seguro de accidentes del convenio?

46.686,10 € en caso de muerte y 93.372,16 € en caso de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. La cobertura es de 24 horas al día y alcanza tanto a los accidentes laborales como a los no laborales.

¿Cuenta como trabajo el rato de la comida?

Sí. El convenio establece treinta minutos de descanso para el bocadillo y sesenta minutos para la comida, y ambos computan como tiempo de trabajo efectivo. Durante esos descansos debe quedar garantizada la operatividad inmediata para atender emergencias, y pueden realizarse en establecimientos de hostelería.

Fuentes oficiales

Texto del convenio: VI Convenio Colectivo del Personal de la Empresa TRAGSA adscrito al Servicio de Brigadas de Emergencia (DOGV nº 7453, de 29 de enero de 2015), código 80000352012007. Tablas vigentes: tablas salariales de 2026 (RPT 2025), con el incremento del 2,5% del Decreto Ley 15/2025, de 26 de diciembre, del Consell.

Existe una corrección de errores posterior y un acuerdo de revisión parcial de 2018 que no están recogidos en estos documentos. Esta página es un resumen orientativo elaborado por CGT Castelló. Para cualquier duda sobre tu caso concreto, habla con nosotras.

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