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Convenio de bodegas y licores de Castellón: tablas 2026, jornada y permisos

VigentProvincial · 2023–2025

Convenio colectivo de las empresas vinícolas y licoreras de la provincia de Castellón, negociado y firmado por CGT. Jornada de 1.784 horas de lunes a viernes, 22 días laborables de vacaciones, cuatro pagas al año, seguro de accidentes de 22.000 euros y complemento de baja hasta el 100% en accidente de trabajo. Tablas salariales de 2026 con una subida del 3,10% y cláusula de revisión por IPC.

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Convenio provincial de Castellón para las empresas vinícolas y licoreras. Su vigencia era 2023-2025, pero el propio convenio dice que sigue vigente en todo su articulado mientras no se firme otro. Las tablas salariales de 2026 ya están publicadas y son las que tienes aquí.

El convenio se aplica a todas las empresas vinícolas y licoreras que intervienen en la fase de producción o envasado con centros de trabajo en la provincia de Castellón, y a toda su plantilla.

Lo esencial

Subida 20263,10 % lineal sobre las tablas de 2025, con efectos del 1 de enero de 2026
Revisión por IPCSi el IPC de 2026 supera el 3,10 %, se revisan las tablas hasta un máximo del 4 %
Jornada1.784 horas anuales efectivas, de lunes a viernes
Vacaciones22 días laborables, y las conoces con 2 meses de antelación
PagasCuatro: verano, Navidad y dos «ad personam»
Baja por accidente100 % de la base reguladora desde el día siguiente, hasta 180 días
Seguro22.000 € por fallecimiento o incapacidad permanente por accidente de trabajo
Asuntos propios2 días al año

Tablas salariales 2026

Salario mensual en euros. Son las tablas de 2025 actualizadas con la subida lineal del 3,10 %.

Producción, almacén y personal técnico€/mes
Peón embotelladora1.193,49
Peón especialista1.213,66
Oficial de 2.ª1.235,45
Oficial de 1.ª1.255,24
Capataz de bodega1.300,67
Encargado/a de almacén1.365,54
Enólogo/a1.536,04
Responsable de calidad1.582,04
Responsable mantenimiento línea embotellado1.677,47
Jefe/a técnico/a1.682,80
Jefe/a logística1.684,80
Responsable de compras1.692,68
Personal de administración€/mes
Auxiliar1.213,67
Oficial de 2.ª1.235,15
Oficial de 1.ª1.541,08
Responsable IIEE1.662,98
Jefe/a de 2.ª1.686,32
Adjunto/a a gerencia1.764,46
Jefe/a de 1.ª1.778,65
Comerciales€/mes
Viajante1.235,46
Jefe/a de ventas1.255,24
Técnico/a1.610,15
Complementos
Plus de antigüedad104,75
Paga «ad personam» (cada una)596,69

Atrasos y revisión. La subida tiene efectos del 1 de enero de 2026 aunque se publicara en junio, así que los atrasos se pagan en el mismo mes en que se aplica la nueva tabla. Y si el IPC de 2026 acaba por encima del 3,10 %, hay revisión hasta el 4 %, que se aplicará en febrero de 2027 con efectos del 1 de enero de 2026. Revisa tu nómina en las dos fechas.

Las cuatro pagas

  • Verano: 30 días de salario convenio más antigüedad, el 30 de junio.
  • Navidad: 30 días de salario convenio más antigüedad, el 22 de diciembre.
  • Dos pagas «ad personam» más, de 596,69 € cada una en 2026.

Se pueden prorratear mensualmente, pero solo con tu acuerdo individual. Y la antigüedad consolidada —el complemento que quedó congelado en 2009 y pasó a ser «ad personam» indefinido— se abona en las pagas de verano y Navidad.

Jornada y vacaciones

  • 1.784 horas anuales efectivas, de lunes a viernes. Las empresas que necesiten trabajar sábados, domingos o festivos solo pueden distribuir así la jornada previo acuerdo con la representación de la plantilla o, si no la hay, con CGT.
  • La empresa puede repartir las horas a lo largo del año según sus necesidades, pero con un máximo de 9 horas diarias.
  • 22 días laborables de vacaciones, fijados de común acuerdo, y con derecho a conocer las fechas con dos meses de antelación.

Permisos

MotivoTiempo
Matrimonio20 días naturales
Nacimiento, enfermedad grave con hospitalización o fallecimiento de parientes hasta segundo grado3 días naturales, 5 si hay desplazamiento
Traslado de domicilio habitual2 días naturales
Asuntos propios2 días al año
Acompañar a cónyuge o familiar de primer grado a tratamientos médicos en hospital o ambulatorioHasta 19 horas al año
Consulta médica en la Seguridad SocialEl tiempo necesario
Deber inexcusable de carácter público y exámenesEl tiempo indispensable

Dos detalles que importan. El permiso de matrimonio y el de nacimiento, enfermedad grave o fallecimiento se pagan a salario real, no a salario base: es una mejora que no todos los convenios tienen. Y las 19 horas de acompañamiento valen también para personas convivientes sin vínculo familiar, acreditándolo con el empadronamiento.

Los días de asuntos propios se piden con 4 días de antelación, son jornadas completas y no se pueden usar para hacer puente. Todos los permisos se aplican igual a parejas de hecho inscritas en el registro de la Generalitat.

Baja médica y seguro

  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: la empresa paga el 100 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, con un máximo de 180 días.
  • Enfermedad común: complemento hasta el 90 % de la base reguladora a partir del sexto día, con un máximo de 70 días.
  • Seguro de accidentes: todas las empresas están obligadas a tener una póliza de 22.000 € por fallecimiento y 22.000 € por incapacidad permanente en cualquier grado derivada de accidente laboral o enfermedad profesional. La empresa que no la tenga responde con su propio patrimonio de esas cantidades.
  • Reconocimiento médico anual obligatorio, en horario de trabajo y sin pérdida de retribución.

Contratación y ropa de trabajo

  • Todos los contratos tienen que pasar por la representación de la plantilla antes de firmarse, y después te entregan tu copia. Es una garantía poco habitual: aprovéchala.
  • Periodo de prueba: 6 meses para personal técnico titulado, 3 meses para el resto.
  • Contrato eventual por circunstancias de la producción: máximo 12 meses dentro de un periodo de 18.
  • Si te acaban el contrato y duraba seis meses o más, tienen que avisarte por escrito con 15 días. Si no, te deben un día de salario por cada día de retraso.
  • Si te vas tú: preaviso de 15 días (peón y aprendiz), un mes (resto de personal), mes y medio (técnicos y mandos intermedios) o tres meses (dirección).
  • Ropa de trabajo: dos prendas gratuitas para poder alternarlas, y las deterioradas se cambian por nuevas.
  • Si conduces y te retiran el carné por causa de la empresa —exceso de carga, vehículo en mal estado, ITV sin pasar—, te acoplan a otro puesto y sigues cobrando salario base más antigüedad.

Si hay un problema

El convenio tiene una comisión paritaria —dos personas por cada parte— que resuelve las dudas de interpretación en quince días hábiles, y sus resoluciones son vinculantes y ejecutivas. También puede arbitrar conflictos individuales si empresa y persona trabajadora se someten a ella de común acuerdo.

Su domicilio es la sede de CGT en Castelló: Avenida de la Vall d’Uixó, 30, entresuelo B · castello@cgtpv.org · 964 25 06 36.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se cobra en una bodega en Castellón según convenio?

En 2026, el salario mensual de convenio va de 1.193,49 € para peón de embotelladora y 1.213,66 € para peón especialista hasta 1.692,68 € para responsable de compras. Capataz de bodega son 1.300,67 € y enólogo o enóloga 1.536,04 €. A eso se suman cuatro pagas al año y, si te corresponde, el plus de antigüedad de 104,75 €.

¿Cuánto sube el convenio de bodegas de Castellón en 2026?

Un 3,10 % lineal sobre las tablas de 2025, con efectos del 1 de enero de 2026. Además hay cláusula de revisión: si el IPC general de 2026 supera ese 3,10 %, las tablas se revisan conforme a esa variación con un máximo del 4 %, y la revisión se aplica en febrero de 2027 con efectos retroactivos al 1 de enero de 2026.

¿Cuántas horas y cuántos días de vacaciones tengo?

1.784 horas anuales efectivas de trabajo, de lunes a viernes, con un máximo de nueve horas diarias si la empresa distribuye la jornada de forma irregular. Las vacaciones son de 22 días laborables y tienes derecho a conocer las fechas con al menos dos meses de antelación.

¿Cuántas pagas extra tiene el convenio de bodegas de Castellón?

Cuatro. La de verano se cobra el 30 de junio y la de Navidad el 22 de diciembre, ambas de 30 días de salario convenio más antigüedad. Y además hay dos pagas «ad personam» de 596,69 € cada una en 2026. Solo se pueden prorratear mensualmente si tú lo aceptas individualmente.

¿Me pagan el sueldo completo si tengo un accidente de trabajo?

Sí. En accidente de trabajo o enfermedad profesional la empresa complementa hasta el 100 % de la base reguladora desde el día siguiente a la baja, durante un máximo de 180 días. En enfermedad común el complemento es hasta el 90 % de la base reguladora a partir del sexto día, con un máximo de 70 días.

¿Tengo seguro si me pasa algo trabajando en la bodega?

Sí. El convenio obliga a todas las empresas a tener una póliza de 22.000 € por fallecimiento y otros 22.000 € por incapacidad permanente en cualquier grado derivada de accidente laboral o enfermedad profesional. Si la empresa no ha formalizado esa póliza, responde ella misma de esas cantidades.

Fuentes oficiales

Texto completo: convenio colectivo laboral de las empresas vinícolas y licoreras de la provincia de Castellón 2023-2025 (BOP de Castellón núm. 113, de 12 de septiembre de 2023) y tablas salariales de 2026 (BOP núm. 76, de 25 de junio de 2026).

Esta página es un resumen orientativo elaborado por CGT Castelló. Para cualquier duda sobre tu caso concreto, habla con nosotras.

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