XXI Convenio general de la industria química. Marco estatal con subidas del 3% anual, jornada de 1.744 horas desde 2026, 30 días naturales de vacaciones y salario mínimo garantizado propio. Se aplica también a las empresas de fritas, esmaltes y colores cerámicos.
Convenio estatal en vigor hasta el 31 de diciembre de 2026, y después se mantiene vigente hasta que entre uno nuevo. Es un texto de 142 páginas: aquí tienes lo esencial y el PDF completo para consultar el detalle.
📄 Descarga los documentos oficiales
¿Trabajas en fritas, esmaltes o colores cerámicos? Tu convenio es este, no el de la cerámica. Es una confusión muy extendida en la Plana: aunque el producto acabe en un azulejo, la actividad es química. Si en tu nómina aparece el convenio de cerámica y trabajas en una empresa de fritas o esmaltes, tráenos una nómina y lo miramos: las condiciones no son las mismas.
El XXI Convenio general de la industria química es el marco estatal del sector. Se aplica en toda España y a toda la plantilla, salvo consejeros y personal de alta dirección. Estés afiliada o no.
Lo esencial
| Subida salarial | 3% en 2024, 3% en 2025 y 3% en 2026, con efectos de 1 de enero de cada año |
| Cláusula de revisión | Si el IPC de diciembre supera el 3%, revisión adicional de hasta el 1% (2024 y 2025) o hasta el 2% (2026) |
| Jornada anual | 1.752 horas en 2024 y 2025 · 1.744 horas desde el 1 de enero de 2026 |
| Vacaciones | 30 días naturales o 22 laborables |
| Pagas extraordinarias | Dos: verano (antes del 15 de julio) y Navidad (antes del 15 de diciembre) |
| Salario mínimo garantizado | De 20.311,46 € a 53.825,35 € brutos anuales según grupo profesional (2026) |
| Vigencia | Hasta el 31/12/2026, prorrogado hasta que entre un convenio nuevo |
Jornada
1.744 horas anuales de trabajo efectivo desde 2026, ocho menos que en 2024 y 2025. Se respetan las jornadas que ya fueran más beneficiosas en cómputo anual (art. 42).
Ojo con el bocadillo: si en tu empresa el descanso cuenta como trabajo efectivo, esa cantidad anual se descuenta de la jornada para calcular la jornada efectiva. Y si al hacer esa operación sale una jornada inferior a la del convenio, se mantiene la inferior.
Vacaciones
- 30 días naturales o 22 laborables.
- Al menos 15 días naturales seguidos entre junio y septiembre, salvo que la empresa haya pactado otro calendario con la representación legal.
- El cuadro de distribución se expone en el tablón con tres meses de antelación como mínimo.
- No se pueden cambiar por dinero.
- Si coinciden con baja por embarazo, parto, lactancia o suspensión por nacimiento, las disfrutas en otra fecha aunque acabe el año. Con otras bajas, tienes hasta dieciocho meses desde el final de ese año.
- Puedes pedir anticipos de hasta el 90% del salario de las vacaciones.
Permisos retribuidos
| Motivo | Tiempo |
|---|---|
| Matrimonio | 15 días naturales |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado o conviviente que requiera cuidado efectivo | 5 días laborables |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado | 2 días laborables, más 2 si hay desplazamiento |
| Nacimiento (solo para quien no alcance la cotización mínima para la prestación) | 2 días, ampliables a 4 por cesárea, enfermedad diagnosticada o desplazamiento |
| Matrimonio de hijos, padres o hermanos, propios o del cónyuge | 1 día natural |
| Traslado de domicilio habitual | 1 día |
| Deber inexcusable de carácter público y personal, incluido votar y renovar autorizaciones de residencia y trabajo | El tiempo indispensable |
| Exámenes de estudios oficiales | El tiempo indispensable |
Dos detalles que marcan la diferencia. El convenio dice «laborables», no naturales: son días de trabajo, no de calendario. Y si trabajas de noche, cuando el hecho causante ocurre antes de las 14:00 puedes disfrutar el permiso ya en el turno de esa misma noche, sin tener que entrar a trabajar (art. 50).
Además, por ley: hasta 4 días al año por causa de fuerza mayor por motivos familiares urgentes e imprevisibles (art. 37.9 del Estatuto) y el permiso parental de 8 semanas hasta que la criatura cumpla ocho años (art. 48 bis).
Salario mínimo garantizado
El convenio fija un salario mínimo garantizado (SMG) propio del sector, por encima del SMI: 19.145,50 € brutos anuales a jornada completa como referencia de 2024, que sube con los incrementos pactados de cada año.
Para comprobar si lo alcanzas se suman todos los conceptos que cobras en actividad normal, pero no cuentan la antigüedad, el plus de turnicidad, la nocturnidad, el plus de festivos ni los complementos de puesto de trabajo (art. 31). Esos van aparte y se suman encima.
Antigüedad
La base de cálculo está congelada, aunque los trienios y quinquenios siguen su evolución natural. Para las empresas nuevas, el modelo de referencia es de dos trienios y cinco quinquenios, con estos importes anuales: 31,37 € el modelo anual, 78,43 € el trienio y 156,86 € el quinquenio (art. 39).
Lo que no cabe en esta página
El convenio regula además, con mucho detalle: bolsas de horas flexibles, trabajo en sábados, domingos y festivos, horas extraordinarias, bolsa individual de tiempo disponible, turnicidad en proceso continuo, reducciones y adaptaciones de jornada, excedencias, régimen disciplinario, clasificación profesional y seguridad y salud.
Está todo en el PDF. Y si tienes una duda concreta sobre tu caso, pregúntanos: es más rápido que leerse 142 páginas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto sube el convenio de químicas en 2026?
Un 3%, con efectos de 1 de enero. Además, si el IPC de diciembre de 2026 supera el 3%, corresponde una revisión adicional de hasta un 2% con efectos de 1 de enero de 2027.
¿Cuántas horas anuales tiene el convenio de la industria química?
1.744 horas de trabajo efectivo desde el 1 de enero de 2026. En 2024 y 2025 eran 1.752. Se respetan las jornadas que ya fueran inferiores.
Trabajo en una empresa de fritas y esmaltes, ¿qué convenio me aplica?
El de la industria química, no el de cerámica, aunque el producto acabe en un azulejo. Si en tu nómina figura el convenio de cerámica, consúltalo con el sindicato: las condiciones son distintas.
¿Cuántos días de vacaciones tengo en químicas?
30 días naturales o 22 laborables, de los cuales al menos 15 días naturales seguidos han de disfrutarse entre junio y septiembre, salvo que la empresa tenga pactado otro calendario con la representación legal.
¿Qué es el salario mínimo garantizado del convenio de químicas?
Un mínimo anual propio del sector, superior al SMI: 19.145,50 € brutos a jornada completa como referencia de 2024, que sube cada año con los incrementos pactados. Para calcularlo no se computan la antigüedad, la turnicidad, la nocturnidad, el plus de festivos ni los complementos de puesto.
¿Cuántos días de permiso hay por hospitalización de un familiar?
Cinco días laborables por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Se aplica a cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta segundo grado y a cualquier conviviente que requiera cuidado efectivo.
¿Hubo revisión salarial en químicas en 2025?
No. El IPC acumulado a 31 de diciembre de 2025 fue del 2,9%, una décima por debajo del 3% pactado, así que la Comisión Negociadora acordó que no procedía revisión. Se confirmaron los incrementos del 3% ya aplicados.
¿Cuál es el salario mínimo garantizado de químicas en 2026?
Va de 20.311,46 € brutos anuales en el grupo 1 hasta 53.825,35 € en el grupo 8. Si trabajas a turnos en proceso continuo, la tabla es más alta: de 25.023,72 € a 58.537,63 €. Son importes a jornada completa y no incluyen antigüedad, turnicidad, nocturnidad, plus de festivos ni complementos de puesto.
Fuente oficial
Texto completo: XXI Convenio colectivo general de la industria química (BOE nº 41, de 17 de febrero de 2025).
Esta página es un resumen orientativo elaborado por CGT Castelló: recoge lo básico de un convenio de 142 páginas. Para cualquier duda sobre tu caso concreto, habla con nosotras.
Contacta amb CGT Castelló
- 📍 Carrer de la Vall d'Uixó, 30, Entresòl B · 12004 Castelló de la Plana
- 📞 964 25 06 36 · 658 39 90 14
- ✉️ castello@cgtpv.org
- 🕐 Dimarts i dimecres de 16:15 h a 20:00 h
Tablas de 2026 y revisión salarial de 2025
En 2025 no hubo revisión salarial, y por muy poco. El IPC acumulado a 31 de diciembre de 2025 fue del 2,9%, una décima por debajo del 3% pactado, así que no se activó la cláusula de revisión. Si el IPC hubiera llegado al 3,01%, habría correspondido hasta un 1% adicional.
Para 2026 se aplica el 3% pactado, con dos matices que conviene conocer:
- Del 3% que se aplica sobre la masa salarial bruta, se reserva un 0,6% para nuevas antigüedades, complemento de puesto de trabajo y ajuste de abanicos salariales dentro de cada grupo y entre grupos. Es decir: ese 0,6% no llega a todo el mundo por igual, se reparte en la empresa. Pregunta en tu comité cómo se ha distribuido.
- La nocturnidad, la turnicidad y los festivos suben un 5%, no un 3%.
Salarios mínimos garantizados 2026
| Grupo profesional | Tabla general | Turnos en proceso continuo |
|---|---|---|
| Grupo 1 | 20.311,46 € | 25.023,72 € |
| Grupo 2 | 21.733,25 € | 26.445,52 € |
| Grupo 3 | 23.561,31 € | 28.273,56 € |
| Grupo 4 | 26.201,81 € | 30.914,04 € |
| Grupo 5 | 29.856,97 € | 34.570,13 € |
| Grupo 6 | 34.935,76 € | 39.648,00 € |
| Grupo 7 | 42.450,95 € | 47.163,22 € |
| Grupo 8 | 53.825,35 € | 58.537,63 € |
Importes brutos anuales a jornada completa, aplicables desde el 1 de enero de 2026 (arts. 32 y 47.6).
+4.700 € al año, más o menos, por trabajar a turnos en proceso continuo
Fíjate en la comparación entre las dos columnas: la diferencia es prácticamente la misma en los ocho grupos, algo más de 4.700 € anuales. No es un porcentaje, es una cantidad fija. Así que en los grupos bajos supone casi un 23% más y en los altos menos de un 9%. Si haces proceso continuo, comprueba que tu salario anual llega a la segunda columna, no a la primera.
Pluses y otros conceptos 2026
| Concepto | Importe 2026 |
|---|---|
| Plus mínimo de nocturnidad | 15,30 € por noche completa trabajada |
| Plus de turnicidad (turnos rotativos que no son proceso continuo) | 1,68 € por día efectivo trabajado a turnos |
| Plus de festivo | 41,48 € por cada domingo o festivo completo trabajado |
| Compensación por trabajo a distancia | 44,10 € al mes a jornada completa y 100% teletrabajo |
| Dieta: una comida fuera | 27,31 € |
| Dieta: dos comidas fuera | 54,54 € |
| Dieta: dos comidas fuera y pernoctando fuera | 163,06 € |
| Kilometraje con vehículo propio | 0,50 €/km |
Publicado en el acuerdo de revisión salarial del BOE de 19 de febrero de 2026.