Convenio de manipulado y envasado de cítricos, frutas y hortalizas de la Comunitat Valenciana 2024-2028, el de los almacenes. Tablas salariales de las cuatro campañas, jornada de 1.790 horas, 30 días de vacaciones, horas de sábado voluntarias, 19 horas al año para ir al médico y las reglas de llamamiento y de paso a fija discontinua: dos campañas con 50 días cada una. Incluye los formularios para pedir la baja por disminución del producto.
¿Almacén o campo? Son dos convenios distintos. Esta página es la del almacén: selección, manipulado, confección y envasado de cítricos, frutas y hortalizas. Si tu trabajo es coger la fruta en el campo, tu convenio es otro: el de recolección de cítricos. Mirar el convenio equivocado es el error más común del sector.
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Se aplica en toda la Comunitat Valenciana a las empresas cuya actividad consista en la selección, manipulado y envasado de cítricos para el mercado nacional o para la exportación, y también a las actividades de frutas y hortalizas cuando las hace una empresa cuya actividad principal es el manipulado de cítricos. Afecta a toda la plantilla, sea cual sea el tipo de contrato: fija, fija discontinua, de temporada o eventual.
Lo esencial
| Vigencia | Del 1 de septiembre de 2024 al 31 de agosto de 2028. Efectos económicos desde el 1 de diciembre de 2024 |
| Subidas | Un 5,25% inicial y después 2% (2025-26), 2% (2026-27) y 3% (2027-28). El grupo III sube por cantidades fijas: +0,20 €, +0,20 € y +0,30 € la hora |
| Revisión por IPC | Sí, pero se cobra en el convenio siguiente (campaña 2028-2029), con tope del 3% |
| Jornada | 1.790 horas anuales máximo y 40 horas semanales de lunes a viernes. El personal fijo ordinario del grupo III: 1.712 horas |
| Vacaciones | 30 días naturales. Para el grupo III, dentro del periodo de alta |
| Sábados | Voluntarios siempre, se trabajen como ordinarias o como extras |
| Nocturnidad | Solo un 10% sobre el valor de la hora, entre las 22:00 y las 6:00 |
| Paso a fija discontinua | Dos campañas seguidas con 50 días trabajados cada una (20 días en frutas y hortalizas) |
| Ultraactividad | Tres años desde la denuncia. Es una garantía muy buena |
¿Te pagaron los atrasos? El convenio tiene efectos económicos desde el 1 de diciembre de 2024, pero no se publicó en el DOGV hasta el 1 de octubre de 2025. Las diferencias tenían que abonarse, como máximo, en la nómina de noviembre de 2025. Si en tu almacén nunca aparecieron, todavía se pueden reclamar, pero los salarios prescriben al año: no lo dejes correr. Tráenos las nóminas y lo miramos.
Tablas salariales del almacén (grupo III)
Aquí está la mayoría de la plantilla. La cifra que manda es el salario-hora profesional (SHP). A partir de él salen las demás: la hora estructural es el SHP × 1,10 y la hora extra —sábado por la tarde, domingos y festivos— es el SHP × 1,25.
En el salario/día del grupo III ya van incluidos el salario base, las pagas extra, las vacaciones, los domingos y festivos y las demás partes proporcionales.
Salario-hora profesional
| Especialidad | Dic. 2024 | Ene-ago 2025 | Campaña 2025-26 | Campaña 2026-27 | Campaña 2027-28 |
|---|---|---|---|---|---|
| Encargado/a general de almacén | 10,54 | 10,96 | 11,16 | 11,36 | 11,66 |
| Encargado/a de almacén | 10,24 | 10,66 | 10,86 | 11,06 | 11,36 |
| Encargado/a de sección | 10,09 | 10,51 | 10,71 | 10,91 | 11,21 |
| Operario/a de mantenimiento | 9,84 | 10,26 | 10,46 | 10,66 | 10,96 |
| Control de entradas y salidas | 9,74 | 10,16 | 10,36 | 10,56 | 10,86 |
| Control de trazabilidad | 9,74 | 10,16 | 10,36 | 10,56 | 10,86 |
| Control de calidad | 9,74 | 10,16 | 10,36 | 10,56 | 10,86 |
| Conductor/a de carretilla elevadora | 9,74 | 10,16 | 10,36 | 10,56 | 10,86 |
| Maquinista | 9,74 | 10,16 | 10,36 | 10,56 | 10,86 |
| Carga y descarga | 9,34 | 9,76 | 9,96 | 10,16 | 10,46 |
| Capacedor/a y apilador/a | 9,34 | 9,76 | 9,96 | 10,16 | 10,46 |
| Encajado, tría, etiquetado y empapelado | 9,34 | 9,76 | 9,96 | 10,16 | 10,46 |
Hora estructural y hora extra (campaña 2025-2026)
| Especialidad | Hora ordinaria | Hora estructural (×1,10) | Hora extra (×1,25) |
|---|---|---|---|
| Encargado/a general de almacén | 11,16 | 12,28 | 13,95 |
| Encargado/a de almacén | 10,86 | 11,95 | 13,58 |
| Encargado/a de sección | 10,71 | 11,78 | 13,39 |
| Operario/a de mantenimiento | 10,46 | 11,51 | 13,08 |
| Control de entradas, salidas, calidad y trazabilidad | 10,36 | 11,40 | 12,95 |
| Carretilla y maquinista | 10,36 | 11,40 | 12,95 |
| Personal base (carga y descarga, capacedor/a, encajado, tría, etiquetado, empapelado) | 9,96 | 10,96 | 12,45 |
Los diferenciales que separan cada especialidad del personal base están fijados en el artículo 6.5 y no cambian: encargado/a general de almacén +1,20 €/hora, encargado/a de almacén +0,90 €, encargado/a de sección +0,75 €, operario/a de mantenimiento +0,50 €, control y calidad +0,40 € y operario/a de máquina +0,40 €.
Tablas salariales de los grupos I, II, IV y V
Personal técnico y titulado, administración, oficios varios y servicios generales. Importe mensual —o diario, donde se indica— y salario-hora profesional.
| Especialidad | Dic. 2024 – ago. 2025 | Campaña 2025-26 | Campaña 2026-27 | Campaña 2027-28 |
|---|---|---|---|---|
| Personal de ingeniería, licenciatura o profesorado mercantil | 2.577,71 €/mes | 2.629,26 | 2.681,85 | 2.762,31 |
| Personal ayudante técnico titulado | 1.790,99 €/mes | 1.826,81 | 1.863,35 | 1.919,25 |
| Jefatura superior, de personal o administrativa | 1.985,37 €/mes | 2.025,08 | 2.065,58 | 2.127,55 |
| Jefatura de primera y jefatura de compras | 1.827,33 €/mes | 1.863,88 | 1.901,16 | 1.958,19 |
| Jefatura de segunda y de compras interior y exterior | 1.790,58 €/mes | 1.826,39 | 1.862,92 | 1.918,81 |
| Personal de caja, ayudante comercial y jefatura de transporte | 1.651,88 €/mes | 1.684,92 | 1.718,62 | 1.770,18 |
| Contratador/a de cítricos, comprador/a o corredor/a | 1.205,89 €/mes | 1.230,01 | 1.254,61 | 1.292,25 |
| Oficial administrativo/a de primera | 1.511,82 €/mes | 1.542,06 | 1.572,90 | 1.620,09 |
| Oficial administrativo/a de segunda | 1.276,27 €/mes | 1.301,80 | 1.327,84 | 1.367,68 |
| Auxiliar y auxiliar de administración | 1.099,30 €/mes | 1.121,29 | 1.143,72 | 1.178,03 |
| Telefonista | 1.109,16 €/mes | 1.131,34 | 1.153,97 | 1.188,59 |
| Personal de conducción, oficial de primera | 44,05 €/día | 44,93 | 45,83 | 47,20 |
| Personal de conducción, oficial de segunda | 43,21 €/día | 44,07 | 44,95 | 46,30 |
| Oficial de primera de mantenimiento | 46,95 €/día | 47,89 | 48,85 | 50,32 |
| Personal ayudante | 41,62 €/día | 42,45 | 43,30 | 44,60 |
| Ordenanza, portería y vigilancia | 1.109,16 €/mes | 1.131,34 | 1.153,97 | 1.188,59 |
| Personal de limpieza | 1.099,30 €/mes | 1.121,29 | 1.143,72 | 1.178,03 |
El anexo 4 del PDF trae además, para cada una de estas especialidades y campañas, el salario-hora profesional, el de hora estructural y el de hora extra, con los mismos multiplicadores del 1,10 y el 1,25.
Para el personal fijo de los grupos I, II, IV y V, las pagas de julio y de Navidad son de 30 días de salario cada una.
Cómo se pasa a fija discontinua
Esta es la regla más importante del convenio. Si trabajas dos campañas consecutivas de manipulado de cítricos y en cada una de ellas has hecho al menos 50 días efectivos, en la campaña siguiente eres fija discontinua. En frutas y hortalizas el mínimo baja a 20 días.
Y hay más: si has estado por ETT prestando servicios en la misma empresa usuaria durante dos campañas consecutivas con esos mismos mínimos, pasas a ser fija discontinua de la empresa usuaria, no de la ETT.
Si no llegaste a los 50 o 20 días, no pierdes nada: tienes preferencia para ser contratada en la campaña siguiente. Cuenta tus días y, si te salen las cuentas y no te reconocen la condición, habla con nosotras.
Llamamiento: el orden y las reglas
El artículo 29 fija cómo debe organizarse el trabajo, y conviene sabérselo:
- No se puede contratar personal eventual mientras haya personal fijo discontinuo sin llamar en la misma especialidad. Si en tu almacén entra gente nueva y tú sigues en casa, eso es reclamable.
- El llamamiento es por orden de antigüedad dentro de cada especialidad.
- Si te promocionan a una especialidad superior, entras en la lista de llamamiento de esa especialidad sin perder tu puesto en la de origen: estás en dos listas a la vez. Y cobras el salario de las funciones que hagas en cada momento.
- Si consolidas la especialidad superior y luego se amortiza ese puesto, puedes volver a tu especialidad de origen con la antigüedad que te corresponda, sin indemnización.
Cuando no hay fruta: la baja por disminución del producto
Si la empresa no te da trabajo, tiene que darte de baja para que puedas cobrar el paro. El artículo 29.b es muy claro: cuando no se puede dar trabajo durante seis días en dos semanas seguidas, o quince días en un mes, la empresa está obligada a prescindir del personal de menor antigüedad, con baja automática en la Seguridad Social por disminución del producto.
Y si no lo hace, puedes actuar tú:
- Presenta la solicitud por escrito. El propio convenio trae el formulario listo: es el anexo 1. Puede firmarlo la persona afectada, la representación legal de la plantilla o los sindicatos firmantes.
- La empresa debe entonces extender la certificación de baja (anexo 2 del convenio) o cursar directamente la baja.
- Si la empresa incumple, puedes solicitar tú misma la baja por disminución del producto directamente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los dos formularios están en las páginas 22 y 23 del PDF. Si te toca usarlos, pásate por el sindicato y te ayudamos a rellenarlos y presentarlos.
Jornada, sábados y horas extra
- 1.790 horas anuales de trabajo efectivo como máximo, y 40 horas semanales distribuidas con carácter general de lunes a viernes, con un tope de 8 horas ordinarias al día.
- Personal fijo ordinario del grupo III: 1.712 horas. El salario anual sale de multiplicar el salario-hora del anexo 4 por 1.712. La empresa dispone además de una bolsa de 78 horas ordinarias al año, con cinco días de preaviso, que no son horas extra y que caducan si no se usan.
- Los sábados son voluntarios. Siempre. Tanto si se trabajan como horas ordinarias —hasta las 14:30, cuando no se han agotado las 40 semanales— como si son extras. La empresa puede preguntarte al principio de campaña si quieres apuntarte a la bolsa de horas especiales.
- Para trabajar en sábado tienen preferencia quienes de lunes a viernes no hayan llegado a 35 horas y no tengan jornada reducida.
- Ojo: si te apuntas a la bolsa y luego dices que no tres veces sin justificación, te excluyen de ella. Y por acuerdo de empresa ese límite puede bajar incluso a una sola negativa.
- Horas estructurales: las que pasen de 8 al día o de 40 a la semana, de lunes a viernes. Se pagan a SHP × 1,10.
- Horas extra: el sábado después de las 14:30, los domingos y los festivos. Se pagan a SHP × 1,25.
- Cómo se cobran: si no pides expresamente el cobro, todas las horas extra y estructurales se compensan con descanso en los cuatro meses siguientes. Pídelo por escrito si prefieres el dinero.
- Jornada irregular: la empresa puede distribuir de forma irregular 145 horas de tu jornada anual.
- Si eres personal sensible por edad o salud, con certificado de vigilancia de la salud o informe del especialista, no te pueden llamar para horas extra ni prolongarte la jornada. El certificado vale como mínimo para toda la campaña.
Si te mandan a casa antes de tiempo, cobras cuatro horas mínimo. El artículo 44 lo dice claro: si se trabaja una jornada inferior a la ordinaria por circunstancias ajenas a la voluntad de la empresa y de la plantilla, se abona como mínimo el salario de cuatro horas. No se aplica si tu contrato a tiempo parcial ya prevé menos de cuatro horas diarias, ni cuando se trate de distribución irregular de jornada.
Nocturnidad
Son horas nocturnas las trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, y se pagan con un incremento del 10% sobre el valor de la hora que corresponda (profesional, estructural o extra).
Hay una excepción que conviene conocer: en empresas a dos o más turnos, si el turno de tarde acaba después de las 22:00 o el de mañana empieza antes de las 6:00, solo se pagan como nocturnas las horas de 23:00 a 6:00 o de 22:00 a 5:00 según el caso. Si existe turno nocturno propiamente dicho, ese se retribuye entero como tal.
Vacaciones y permisos
- 30 días naturales retribuidos, o la parte proporcional. Para el grupo III se disfrutan dentro del periodo de alta.
- En Semana Santa, para el personal de los grupos I, II, IV y V son días de vacaciones el Sábado Santo y el lunes de Pascua; el martes se trabaja completo.
- La empresa debe informar en el certificado de empresa de los días de vacaciones que has disfrutado.
- Pareja de hecho: 15 días naturales de permiso retribuido desde la inscripción en el registro oficial.
- Lactancia: una hora al día hasta los nueve meses, divisible en dos fracciones o sustituible por media hora de reducción. El personal fijo continuo puede acumularla hasta 15 días laborables, y el fijo discontinuo en proporción al tiempo que le quede de campaña o al inicio de la siguiente.
- Permisos no retribuidos: hasta 10 días por asuntos propios, ampliables de mutuo acuerdo a 15, pidiéndolos por escrito con 15 días de antelación. La empresa responde por escrito con 5 días de antelación y solo puede denegarlos si se supera el 5% de la plantilla. También hay permiso no retribuido para atender a familiares hasta segundo grado, con un tope de la mitad de la campaña anterior.
- El resto de permisos retribuidos son los del Estatuto de los Trabajadores, que el convenio reproduce en su anexo 5. Incluye los cinco días por accidente o enfermedad grave y hospitalización, y los hasta cuatro días por no poder llegar al centro de trabajo por catástrofe o fenómeno meteorológico adverso.
Horas para ir al médico
| Personal fijo discontinuo y temporal de campaña | 19 horas retribuidas por campaña, sin límite mensual |
| Personal fijo | 28 horas al año, con un tope de 3 horas al mes |
| Acompañar a hija o hijo menor de 14 años | Dentro de las mismas horas, sin ampliación |
| Acompañar a familiar de primer grado que no pueda valerse | Hasta 4 horas más al año |
Estas horas incluyen el tiempo de desplazamiento. Las de especialista se pagan al 100% las primeras 8 horas de la campaña y al 75% el resto, sin límite. Para cobrarlas hay que entregar la cita previa con dos días de antelación —o el justificante después, si no había cita— haciendo constar la hora de la visita y la de salida de la consulta.
Antigüedad, excedencias y otras cosas útiles
- Plus de antigüedad: congelado desde el 1 de septiembre de 1997. Lo que se venía cobrando se mantiene como complemento personal no compensable ni absorbible, y sube con los mismos incrementos que el salario.
- Excedencia voluntaria para fijas discontinuas: con una campaña trabajada, de 4 meses a 5 años. No se puede volver a pedir hasta que pasen cuatro años. Da derecho preferente al reingreso en la primera vacante de tu especialidad.
- Excedencia por cuidado de hijos o familiares: hasta 3 años, con reincorporación automática dentro de la campaña y según tu antigüedad. Puedes adelantar la vuelta avisando con 10 días naturales.
- Guarda legal: reducción de jornada de entre un octavo y la mitad por cuidado de menor de 12 años, persona con discapacidad o familiar hasta segundo grado que no pueda valerse.
- Si tienes otro contrato al empezar la campaña —vendimia, plan de empleo, cualquier otro que no sea manipulado de frutas y hortalizas— puedes retrasar tu incorporación hasta 30 días naturales, avisando con quince días de antelación respecto de la fecha de inicio de la campaña anterior y aportando copia del contrato. La empresa solo está obligada a reconocerlo al 5% de la plantilla fija discontinua de cada grupo.
- Embarazo: derecho a cambio de turno y de puesto sin perder retribución. Y preferencia de cambio de turno si cuidas de un familiar de primer grado que no pueda valerse.
- Contrato por circunstancias de la producción: máximo 9 meses.
- Ropa de trabajo: la empresa debe facilitarla al personal fijo, fijo discontinuo y temporal cuando el trabajo sea marcadamente sucio o deteriore la ropa personal, y reponerla cuando esté gastada. Usarla es obligatorio.
- Jubilación obligatoria: la empresa puede imponerla al cumplir la edad legal con derecho al 100% de la pensión, pero solo si a cambio transforma un contrato temporal en fijo o fijo discontinuo, o contrata a alguien nuevo, dentro de los tres meses anteriores o posteriores.
- Horas sindicales: la representación legal puede crear una bolsa con el 100% de las horas mensuales y acumularlas en una o varias personas, avisando con 15 días.
Catástrofes y fenómenos meteorológicos adversos
El convenio incorpora en su anexo 7 un protocolo de obligado cumplimiento para todas las empresas del sector. En la Comunitat Valenciana esto no es un formalismo:
- Las evaluaciones de riesgos deben identificar las catástrofes y los fenómenos meteorológicos adversos —inundaciones, temperaturas extremas, viento, incendios— y también los riesgos in itinere asociados.
- Se toma como referencia el sistema de avisos de AEMET y, para el calor, las alertas del Ministerio de Sanidad.
- Hay que identificar a las personas especialmente vulnerables.
- Las medidas preventivas pueden incluir formación, EPIs y modificación o reducción de la jornada.
- Las medidas de emergencia se documentan por separado para que toda la plantilla las conozca, y hay que hacer simulacros.
- El protocolo de cada empresa debe decir en qué condiciones se activa, quién lo comunica y cómo, y obliga a escuchar a la representación legal antes de decidir.
Si en tu almacén no existe ese protocolo, es un incumplimiento del convenio y se puede exigir.
Lo que no cabe en esta página
El convenio regula además, con detalle: la definición de cada grupo profesional y especialidad, la comisión paritaria y su procedimiento, planes de igualdad, todo el bloque de igualdad y no discriminación LGTBI, el protocolo frente al acoso sexual, por razón de sexo y laboral (anexo 6), el régimen disciplinario completo, la cláusula de inaplicación y las reglas de seguridad alimentaria.
Está todo en el PDF. Y si tienes una duda concreta sobre tu caso, pregúntanos: es más rápido que leerse el convenio entero.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo paso a ser fija discontinua en un almacén de cítricos?
Cuando trabajas dos campañas consecutivas de manipulado de cítricos y en cada una de ellas has hecho al menos 50 días efectivos: en la campaña siguiente tienes la condición de fija discontinua. En frutas y hortalizas el mínimo es de 20 días. La regla se aplica también si has estado a través de una ETT en la misma empresa usuaria, en cuyo caso pasas a ser fija discontinua de la empresa usuaria.
¿Cuánto se cobra la hora en el manipulado de cítricos en 2026?
En la campaña 2025-2026, el salario-hora profesional del personal base del almacén —encajado, tría, etiquetado, empapelado, capacedora, carga y descarga— es de 9,96 €. Sube a 10,36 € para control de calidad, trazabilidad, carretilla y maquinista, y a 11,16 € para la encargada general de almacén. La hora estructural se paga a ese valor por 1,10 y la hora extra por 1,25.
¿Si no hay fruta y no me llaman, puedo cobrar el paro?
Sí. Cuando la empresa no puede darte trabajo durante seis días en dos semanas seguidas o quince días en un mes, está obligada a cursar la baja en la Seguridad Social por disminución del producto. Si no lo hace, puedes solicitarlo por escrito con el formulario del anexo 1 del convenio, y si la empresa sigue sin cursarla, pedir la baja directamente a la Tesorería General de la Seguridad Social.
¿Son obligatorios los sábados en el almacén de cítricos?
No. El convenio establece que las horas que se realicen en sábado son voluntarias, independientemente de si se consideran ordinarias o extraordinarias. La empresa puede pedirte al principio de campaña que digas si quieres apuntarte a la bolsa de horas especiales, pero si te apuntas y luego rechazas sin justificación en tres ocasiones, te excluyen de la bolsa.
¿Me tienen que pagar si me mandan a casa a media jornada?
Sí. Si se trabaja una jornada diaria inferior a la ordinaria por circunstancias ajenas a la voluntad de la empresa y del personal, se abona como mínimo el salario correspondiente a cuatro horas. No se aplica si tu contrato a tiempo parcial ya prevé una jornada diaria menor de cuatro horas, ni cuando exista distribución irregular de jornada.
¿Cuántas horas tengo para ir al médico en el manipulado de cítricos?
El personal fijo discontinuo y temporal de campaña tiene 19 horas retribuidas por campaña sin límite mensual, y el personal fijo 28 horas al año con un máximo de tres al mes. Incluyen el tiempo de desplazamiento y sirven también para acompañar a hijas o hijos menores de 14 años. Las de especialista se pagan al 100% las primeras ocho horas de la campaña y al 75% el resto.
¿Cuánto se paga la nocturnidad en el manipulado de cítricos?
Un 10% sobre el valor del salario-hora que corresponda, por las horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00. En empresas a dos o más turnos hay una excepción: si el turno de tarde acaba después de las 22:00 o el de mañana empieza antes de las 6:00, solo se retribuyen como nocturnas las horas de 23:00 a 6:00 o de 22:00 a 5:00 según el caso.
¿Pueden contratar eventuales si yo soy fija discontinua y no me han llamado?
No. El convenio prohíbe contratar personal eventual mientras haya personal fijo discontinuo sin llamar en la misma especialidad, y obliga a llamar por orden de antigüedad dentro de cada especialidad. Si en tu almacén entra gente nueva mientras tú sigues sin ser llamada, es reclamable.
¿Qué convenio se aplica: el de manipulado o el de recolección de cítricos?
Depende de dónde trabajes. Si tu trabajo es en el almacén —selección, manipulado, confección, encajado y envasado— tu convenio es el de manipulado y envasado de cítricos, frutas y hortalizas de la Comunitat Valenciana. Si recoges la fruta en el campo, se te aplica el convenio de recolección de cítricos, que es distinto y tiene sus propias tablas y rendimientos.
Fuente oficial
Texto completo: Convenio colectivo de manipulado y envasado de cítricos, frutas y hortalizas para la Comunitat Valenciana 2024-2028 (DOGV nº 10206, de 1 de octubre de 2025). Código de convenio 80000115011990.
Esta página es un resumen orientativo elaborado por CGT Castelló. Para cualquier duda sobre tu caso concreto, habla con nosotras. L